El debate sigue… Yo tengo una duda. Yo ( y Alf, por el caso) pagamos cuota como Colaboradores de la RIE, no cómo MIembros- siendo que no reunimos los requisitos.
Sin embargo, somos parte de la Junta Directiva, siendo Tesorera y Coordinador respectivamente.
Mi pregunta es: ¿se nos considera cómo Miembros con Derecho a Voto o no?
Sé, que en nuestra manera de funcionar, siempre se ha respetado los “votos” de todos-sean miembro o colaborador- pero me gustaría saberlo antes de que aparece una decisión que requiere distinguir.
A medida que vamos creciendo (lo cual es bueno) puede ser cada vez más importante.
Me gustaría que nuestros protocolos escritas, reflejara la realidad consensuada.
en los protocolos se define Miembro cómo:
“Serán miembros de la RIE aquellos grupos, comunidades, asentamientos, etc…, que se definan como Ecoaldea, según lo expresado anteriormente [definición de Ecoaldea en punto 2], y que lleven un periodo de funcionamiento de un año como Ecoaldea.”
Me parece insuficiente, porque hay grupos Miembros de la RIE que no cumplen con todos los requisitos definidos en Punto 2. En vez de cambiar quien es Miembro, ajustaría la definición para incluirnos a todos….
También dice “Los Miembros de la RIE son los únicos que tiene voz y voto en las asambleas generales” Según eso, ni ALF ni YO calificamos cómo miembros. No tenemos voto. ¿Se podría contemplar añadir “Los Miembros de la RIE y las personas que están sirviendo dentro de la Junta de la RIE (Coordinadores, Tesorerx, Secretarix) son los únicos que tiene voz y voto…”
En este punto… quiero comentar que quiero hablar más de contradicciones que veo en nuestra manera de funcionar, pero los comentaré en otro hilo para no volver majara a Achim!
Por cierto, ¿se han publicado los protocolos ya en la web? ¿donde? Yo solo tengo copia impresa.
abrazos,
Rikki